En caso de explosión, el responsable directo de los daños a terceros es el propio causante del siniestro, que de tener seguro podría cubrir daños materiales a particulares de vehículos o viviendas.
Quienes puedan encontrarse entre los afectados indirectos de la explosión, al haber sufrido daños en su vivienda particular, centro educativo, edificio empresarial o vehículo, tendrán que tener en cuenta que, de contar con un seguro para un inmueble o automóvil, antes de reclamar nada a la aseguradora conviene revisar la letra pequeña del contrato firmado con la entidad aseguradora para ir al detalle de la cobertura y exclusiones que tenga en cuenta el seguro contratado, advierten desde la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) en la página web de la iniciativa Estamos seguros, donde se recogen las coberturas generales «a modo orientativo» que brindan los seguros de hogar o de automóviles. En el caso de una explosión, ocurrida en una vivienda particular o un edificio no residencial, habrá que esperar a que se aclaren las causas de lo ocurrido para saber, de contar el inmueble en cuestión con un seguro de comunidad o particular, quién es el responsable de cubrir los daños causados a terceros.
A tener en cuenta también que, en situaciones como estas, lo que prima es que la compañía contratada con la que esté asegurado el edificio o el piso cuente con una cobertura de responsabilidad civil, que cubra riesgos que se puedan causar a terceras personas y garantice la indemnización que se deba pagar «hasta el límite establecido en el contrato», de acuerdo con lo que puntualizan desde UNESPA. De haber sufrido algún tipo de daño tras una explosión, lo que hay que tener en cuenta es que la aseguradora que tenga contratada el edificio causante del siniestro (de tener un seguro) es la encargada de cubrir no solo los daños materiales, sino también los causados a terceros, entre los que pueden figurar habitantes de edificios colindantes, mobiliario urbano o vehículos. Si se cuenta con una cobertura de responsabilidad civil, además, podrían llegar a cubrirse daños personales que afecten a la integridad física «siempre y cuando el origen del siniestro esté en el edificio asegurado».
Fuente: elconfidencial.com
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