Como todos los años, llega la época de presentar la Declaración de la Renta. Y aunque ya estemos cansados de hacerla, seguimos haciéndonos muchas preguntas con respecto a ella. Una de las más comunes es: ¿desgravan los seguros? ¿Cuáles y en qué condiciones? A continuación os explicamos todo lo relacionado con la desgravación fiscal de seguros.
Seguros de hogar y vinculados a la hipoteca
Los seguros de hogar y de vida, en algunos casos, pueden tener ciertas ventajas fiscales en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Pero para que puedan desgravar deben estar vinculados a un préstamo hipotecario de la vivienda habitual.
Se trata de cantidades incluidas dentro de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Lo que quiere decir que solo podrás deducir importes si se contrataron al mismo tiempo que firmabas la hipoteca de compra o rehabilitación del hogar.
Así que si tu banco te exigió la contratación de un seguro de vida u hogar para la concesión del préstamo para adquirir tu vivienda podrás desgravar tus seguros para la declaración del IRPF.
Seguros de vida
Las deducciones del seguro de vida dependerán de si el tomador del seguro y el beneficiario son o no la misma persona. Si ambas partes son la misma persona, la tributación se hace por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pero si quien lo cobra es una persona distinta, tributará mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
Cuando el tomador y el beneficiario son la misma persona, el seguro abonará una cantidad cuando se alcance cierta edad. Si esa cantidad se cobra en forma de capital, se aplica una fiscalidad similar y una base imponible a la de otros productos financieros. Dentro del IRPF estos seguros forman parte del Rendimiento de Capital Mobiliario (RCM), por lo que su tributación es diferente:
Entre 0 a 5.999 € el tipo impositivo será del 21%.
Entre 6.000 € y 24.000 € el tipo impositivo será del 25%.
A partir de 24.000 € el tipo impositivo será del 27%.
El beneficio se obtiene restando al capital obtenido las primas satisfechas. Además, la empresa aseguradora practicará una retención de IRPF del 19% sobre el rendimiento. Si la cantidad se percibe en forma de renta, se aplica una fiscalidad similar a los Rendimientos del Capital Mobiliario, con una base imponible al ahorro del 19%.
Asimismo, el impuesto recoge reducciones de la Base Imponible dependiendo del grado de parentesco del beneficiario: cuando el beneficiario es el cónyuge, un ascendiente o un descendiente de hasta 9.195,49 euros por heredero de forma general, una cantidad que dependerá de cada comunidad autónoma, ya que este es un tributo cedido a las autonomías. Si la persona fallece como consecuencia de un acto terrorista o en misiones humanitarias o de paz, la reducción no tiene límites.
Seguros de salud
La desgravación fiscal de contratar un seguro de salud repercute, directamente, en las empresas y en los autónomos. Existen ventajas fiscales cuando la contratación la realiza un autónomo o empresario para él, su familia o sus empleados. Por el contrario, no existe ningún tipo de efecto fiscal cuando el que contrata el seguro es un particular sin actividad empresarial o profesional.
Sin embargo, indirectamente, los trabajadores por cuenta ajena también pueden conseguir una importante ventajas fiscal si negocia con la empresa la contratación de un seguro de salud para él y/o los miembros de sus unidad familiar.
FUENTE: previsorageneral.com
About the author